
El Juez Cuarto de Distrito en Oaxaca, Víctor Manuel Jaimes Morelos, emitió una sentencia clave en el juicio de amparo promovido por Enrique Gerardo Toro Ferrer contra el Gobernador del Estado, Salomón Jara Cruz. Toro Ferrer buscaba detener la construcción del “Parque Primavera Oaxaqueña”.
Falsedad de Documentos
La resolución del expediente PRAL. 831/2023 declaró fundado el incidente de objeción de documentos planteado por el Consejero Jurídico del Gobierno del Estado, Geovany Vásquez Sagrero. Se demostró que el supuesto testimonio notarial que Toro Ferrer presentó, otorgado por María Elena Medina López (fallecida), era apócrifo. Las pruebas de inspección judicial, testimonial y documental confirmaron que este acto jurídico nunca se llevó a cabo ante el Notario Público No. 100 del Estado.
Desestimación del Juicio
La sentencia resolvió sobreseer el juicio de amparo, lo que significa que no se atendió la demanda de Toro Ferrer debido a la falta de acreditación de su personalidad legal para comparecer. El juez decidió no entrar al fondo del asunto, argumentando que el quejoso carecía de interés legal para demandar.
Implicaciones de la Sentencia
El juez subrayó que los documentos presentados por Toro Ferrer carecen de valor probatorio jurídico. En el fallo se establece que la firma de María Elena Medina López no aparece en el protocolo notarial donde debería estar, lo que refuerza la falsedad del documento.
Contexto del Juicio
Toro Ferrer, en su intento de frenar la construcción del “Centro Cultural, Deportivo y de Manejo Ambiental de la Zona Poniente de Oaxaca de Juárez”, buscaba una indemnización de más de 49 millones de pesos. Este proyecto tiene el potencial de beneficiar a más de 400 mil personas según el Decreto Expropiatorio emitido el 17 de julio de 2023.
Con esta sentencia, se refuerza la legalidad del proceso de expropiación y la importancia del proyecto para la comunidad oaxaqueña.